domingo, 8 de noviembre de 2009

Plan Anual de Centros

Plan Anual de Centro. En el mes de septiembre y sin perjuicio de la actividades de comienzo de curso, los centros a los que se refiere esta Orden elaborarán un Plan Anual de Centro.

El Plan Anual de Centro es la concreción para cada curso escolar de los diversos elementos que integran el Proyecto de Centro.


Contenidos mínimos de el Plan Anual de Centro:

a) Objetivos generales del Centro para el curso escolar, explicitando los objetivos correspondientes a la Formación Básica y a otros planes que el Centro desarrolle.

b) Criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios y la contextualización de la jornada escolar a las características del Centro.

c) Organización funcional del Centro para dar respuesta a los objetivos planteados.

d) Programación de las actividades docentes del Centro, así como las de actividades complementarias y culturales, concretando los principios metodológicos que inspiran el desarrollo de las mismas. Una copia de ellas quedará archivada en el Centro.

e) Programación de los Planes que el Centro tenga autorizados, de conformidad con el artículo 4 de la Orden de Escolarización y Matriculación, de fecha 16 de junio de 1997 (BOJA núm. 70, de 19 de junio).

f) Recursos humanos y materiales, con indicación de las entidades, colectivos, organizaciones o instituciones de la comunidad con los que el Centro establece relaciones de colaboración en el desarrollo del Plan Anual de Centro.

g) Plan de acción para el fomento de la participación y del asociacionismo del alumnado. Incluirán proyectos que faciliten la integración de las actividades propias de las asociaciones de alumnos/as en la vida del Centro, así como las de éste en la vida de la comunidad.

h) El Plan Anual de Centro deberá contemplar medidas de sensibilización de la importancia del acceso a la Educación entre las personas del entorno.

i) Plan de Acción Tutorial y Orientación, en colaboración con los Equipos de Orientación Educativa de zona.

j) Plan de reuniones del Consejo de Centro, especificando el número de ellas que habrán de mantenerse a lo largo del curso, así como el horario de las mismas.

k) Actuaciones en relación con el proyecto de Plan de Autoprotección, elaborado por el Centro de acuerdo con lo establecido en la Orden de esta Consejería de Educación y Ciencia, de 4 de noviembre de 1985 (BOJA de 7 de diciembre) y en función de las condiciones y características del Centro.

l) Presupuesto con distribución de los créditos asignados al mismo, de acuerdo con lo establecido en la Orden de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación y Ciencia, de 11 de julio de 1991, por la que se dictan instrucciones sobre gastos de funcionamiento de los centros docentes públicos no universitarios. (BOJA de 13 de septiembre).

m) Plan de seguimiento y evaluación del propio Plan Anual de Centro.

n) Plan de Formación del Profesorado en función de las necesidades educativas del Centro.

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